Conoce los Beneficios de Comprar una Sociedad ya Constituida

Si estas decidido a emprender tu propio negocio, pero no quieres pasar por el traumático papeleo que conlleva crear una empresa nueva, puedes tomar la opción de comprar una sociedad ya constituida, esto supone una serie de ventajas que serían  de gran provecho para ti y tu negocio.

Este tipo de sociedades al encontrarse ya constituidas y registradas para su venta las hace totalmente legales, solo quedan inactivas esperando a que alguien las compre para que pueda activarlas al 100%.

Y aunque no se posea todo el capital de la empresa, aun así se puede actuar con ella, no es necesario cancelar todo el capital cuando la sociedad ya está constituida, caso contrario es cuando se constituye desde cero es obligatorio cancelar el capital por completo.

Esto es una gran ventaja si no se dispone de todo el dinero al momento; adicionalmente cuando se compra una sociedad ya constituida el tiempo que se emplea para ello es bastante corto, y puede comenzarse a operar con ellas desde el momento en que se firme el poder.

Cuando se compran sociedades ya constituidas, los nuevos socios no quedan inscritos en el registro mercantil, pueden pasar incognitos frente a otras empresas, aunque para muchos esto no es muy relevante, para otros supone una gran ventaja.

Si ya te decidiste por esta opción y quieres saber como comprar sociedades, te invitamos a que sigas leyendo.

Comprar una Sociedad ya Constituida

El comprar una sociedad ya constituida es alga bastante sencillo, podemos recurrir a las empresas especializadas en ello, lo cual nos facilitará todo, estas empresas cuentan con un listado de sociedades entre las cuales se puede elegir, solo se debe verificar y ver cuál es la que mejor se adapta a tu negocio.

En menos de dos horas se puede tener una sociedad ya constituida, solo se deben firmar los poderes con el notario en la notaria más cercana a la localidad; además se puede estar tranquilo legalmente, ya que la compra y venta de sociedades por cuenta de terceros son actividades legales en España.

Esta actividad se rige por el Real Decreto Ley 1/2010; este tipo de sociedades son completamente operativas desde el momento en que son adquiridas, no tienen ningún plazo de espera, una vez que se firma la compraventa de las participaciones sociales y se nombra al administrador.

El nuevo administrador puede comenzar a ejercer sus funciones y dar inicios a las actividades de la empresa.